Segundo semestre 2024

El auxilio por educación superior para el segundo semestre 2024, está enfocado en apoyar los estudios de los asociados y sus familias, que se encuentran cursando programas de educación superior (nivel: técnico, tecnológico o pregrado). Incluido estudiantes del SENA para apoyo en sus gastos de sostenimiento.

Otorgamiento del auxilio 

El otorgamiento del auxilio solicitado se asignará de acuerdo al orden de radicación hasta agotar recursos. Los asociados que requieran hacer la solicitud del auxilio deberán entregar al gestor social o en la oficina de CONFE más cercana, los documentos expuestos en los siguientes requisitos. 

Requisitos 

  • Formato de inscripción para la asignación del auxilio por educación superior debidamente diligenciado y firmado.
  • Certificado de la institución educativa o recibo de matrícula debidamente cancelado donde conste que el estudiante se encuentra matriculado para cursar estudios en el segundo semestre del 2024 y primer semestre del 2025.
  • Las dos últimas colillas de pago.

Condiciones Particulares 

  • Si presenta el certificado de la institución educativa, debe estar expedido con fecha vigente del año lectivo indicando que se encuentra matriculado para cursar estudios en el segundo semestre del 2024 o primer semestre de 2025 según corresponda.
  • Si presenta el recibo de pago de la matrícula, debe estar debidamente expedido y cancelado correspondiendo a la matrícula a cursar estudios en segundo semestre de 2024 o primer semestre del 2025.
  • El beneficio aplica para el asociado, cónyuge o hijo que se encuentre en calidad de estudiante, según certificación aportada por el Asociado. En caso de hijos e hijastro(a) debe adjuntar la copia del registro civil del menor y registro de matrimonio o extrajuicio de convivencia en unión libre con la madre del hijastro(a), en caso de la esposa registro civil de matrimonio o extrajuicio de convivencia en unión libre.
  • El auxilio se consignará directamente a la cuenta de nómina del Asociado
  • Antigüedad de 12 meses como Asociado.
  • No haber sido beneficiado de otros AUXILIOS del FONDO DE BIENESTAR SOCIAL por solicitud del Asociado en vigencias anteriores o en la actual.
  • Se asignará por orden de radicación hasta agotar recursos.

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