Deceso

  • Traslado a laboratorio (distancia no mayor a 80 Km), traslados a nivel nacional por vía aérea (un trayecto) o terrestre (en un perímetro transitable de 300 Km.). 
  • Cubrimiento del servicio dentro del territorio nacional, coordinación por medio de nuestra línea #317, con la Sede final para la prestación del servicio y el acompañamiento de un asesor de protocolo. 
  • Pago Impuestos de inhumación, diligencias ante la Secretaria de Salud y registro notarial (el certificado de defunción debe ser aportado por los familiares). 
  • Arreglo del cuerpo que garantiza su presentación para velación y preservación. 
  • Suministro de cofre o ataúd. 
  • Valor del flete correspondiente a la repatriación de las cenizas hasta por un valor equivalente a 1.5 SMMLV.