MUERTE ACCIDENTAL E INVALIDEZ POR ACCIDENTE
Si mueres dentro de los 180 días siguientes a un accidente SURA pagará a tus beneficiarios el valor contratado por esta cobertura adicional a la cobertura de vida. Se cubre:
- Embriaguez o influencia de sustancias alucinógenas
- Accidente de Tránsito o como pasajero de aeronave
- Terrorismo
- Arma de fuego
BONO EDUCACIÓN Y AUXILIO FUNERARIO
En caso de fallecimiento.
BONO ADECUACIONES DEL HOGAR
En caso de invalidez por accidente o enfermedad.
AUXILIO POR MATERNIDAD/PATERNIDAD
Por el nacimiento y supervivencia de un hijo SURA te pagará el valor asegurado siempre y cuando esta cobertura haya sido contratada antes del inicio del embarazo.